La restricción del uso de sellos digitales es una de las medidas más disruptivas dentro del sistema fiscal mexicano. Sin necesidad de una resolución definitiva, el SAT puede impedir que una empresa emita CFDI, afectando de manera inmediata su facturación, flujo de efectivo y continuidad operativa.
Lo más delicado es que muchas empresas desconocen que se trata de un procedimiento con plazos breves y reglas estrictas, tanto para el contribuyente como para la autoridad.
Este artículo analiza las causales más comunes, los errores recurrentes y, sobre todo, el procedimiento de defensa que permite revertir la restricción si se actúa correctamente y a tiempo.
La autoridad fiscal puede restringir temporalmente el uso de los certificados de sello digital cuando detecta irregularidades que considera relevantes. Entre las más frecuentes se encuentran:
En la práctica, estas causales suelen derivar de fallas administrativas, errores de control interno o revisiones automatizadas, no necesariamente de esquemas de evasión.
Cuando el contribuyente recibe la notificación de restricción, el tiempo comienza a correr de inmediato. Algunos errores frecuentes son:
Estos errores permiten que la restricción temporal evolucione a la cancelación definitiva del certificado, obligando a la empresa a iniciar procesos judiciales más largos para recuperar su operación.
Cuando el SAT restringe los Certificados de Sello Digital, la empresa no queda indefensa. La ley establece un procedimiento claro con plazos específicos que permiten corregir la situación y recuperar la capacidad de facturar.
A partir de la notificación de la restricción, el contribuyente cuenta con hasta 40 días hábiles para presentar una aclaración ante el SAT. En esa aclaración se explican las razones por las cuales la empresa sí ha cumplido con sus obligaciones o bien se demuestra que las irregularidades señaladas ya fueron corregidas.
Un punto fundamental es que al día siguiente de presentar la aclaración, el SAT debe permitir nuevamente el uso del sello digital, de manera provisional. Esto significa que la empresa puede volver a emitir facturas mientras la autoridad analiza la información presentada.
Una vez ingresada la aclaración, el SAT revisa el caso y emite una resolución. Si considera que las inconsistencias fueron aclaradas o corregidas, el sello digital se restablece de forma definitiva y la operación continúa con normalidad. Si no, la autoridad puede dejar sin efectos el certificado.
En términos prácticos, una aclaración bien presentada y a tiempo puede significar que la afectación operativa dure solo unos días. No hacerlo, o hacerlo mal, puede dejar a la empresa sin posibilidad de facturar durante un periodo prolongado.
Cada caso requiere un análisis puntual. Si necesitas claridad o una segunda opinión, contáctanos y revisemos tu situación a tiempo.