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Información relevante sobre la declaración anual 2022 para PERSONAS FÍSICAS

Durante el presente mes de abril, la presentación de la declaración anual es un requisito obligatorio que tienen que cumplir todas las personas físicas ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT); dicha declaración debe estar presentada en tiempo y forma con la finalidad de evitar el pago de accesorios, multas y posibles consecuencias legales.

¿Quienes tienen la obligación de presentar declaración?

Las personas físicas que realizaron las siguientes actividades, entre otras, están obligadas a presentar su declaración anual correspondiente:

·       Servicios Profesionales

·       Actividades empresariales

·       Arrendamiento de algún inmueble

·       Personas que enajenaron algún bien inmueble

·       Contribuyentes que tuvieron 1 o más empleadores

·       Personas cuyo sueldo excede los 400.000 pesos mexicanos anuales.

¿Qué ingresos informativos se deben incorporar en la declaración anual?

Es importante recordar que se debe informar el ingreso que obtuvimos por la venta de un bien inmueble considerado como casa habitación y por el cual se obtuvo una exención al momento de su venta.

Si se recibió algun ingreso por préstamos, donativos, premios o herencias que hayan excedido en lo invidual o en su conjunto los 600 mil pesos mexicanos.

Es importante recordar informar en la declaración anual este tipo de ingresos ya que de lo contrario la autoridad fiscal en ejercicio de sus facultades de comprobación podría considerarlos como ingresos acumulables.

¿Si obtuve ingresos por inversiones bancarias en el extranjero, por ganancia cambiaria o por dividendos recibidos de alguna sociedad extranjera, debo manifestarlos en la declaración anual?

Es frecuente que las personas físicas que obtienen de este tipo en otros países consideran que no deben pagar impuestos en México; sin embargo, es importante recordar que conforme a la LISR, sí deben ser considerados en la declaración anual y en su caso acreditar el impuesto que ya se hubiera pagado en el extranjero.

¿Cuáles son las deducciones personales que puedo incluir en mi declaración anual?

·       Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición, siempre que sean prestados por personas con título profesional legalmente expedido.

·       Honorarios a enfermeras, análisis clínicos y la compra o alquiler de aparatos de rehabilitación o prótesis; así como la adquisición de lentes ópticos graduados.

·       Primas de seguros de gastos médicos

·       Pago de colegiaturas en instituciones privadas con validez de estúdios oficial.

·       Gastos funerarios

·       Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación.

·       Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

Los gastos anteriores, serán deducibles cuando hayan sido efectuados en beneficio de la propia persona física, su cónyuge o concubino; así como para sus padres, abuelos, hijos y nietos.

Es importante recordar que se debe cumplir con determinados requisitos para su deducibildiad según el tipo de gasto, así como la aplicación de topes específicos.

¿Me puedo hacer acreedor a una multa por no realizar la declaración anual?

El SAT tiene la facultad de multar conforme a lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, a todos los contribuyentes que no realicen la declaración anual o la presenten fuera de plazo; el importe de dicha multa podrá oscilar aproximadamente entre los $14,230.00 y los $28,490.00 pesos mexicanos.

Hasta este momento, la fecha límite para presentar la declaración anual es el día 2 de mayo. En caso de la publicación de alguna prórroga por parte del SAT, se los informaremos inmediatemente.

Todos los que integramos el equipo de Guerrero & Santana, estamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario que pudieran tener en relación con el contenido de este boletin y aprovechamos la ocasión para desearles unas felices pascuas.


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POR SERGIO GUERRERO ROSAS

Managing Director at Guerrero & Santana

Sergio cuenta con más de 25 años de experiencia asesorando a empresas, desde pymes a multinacionales, así como a particulares, en planificación fiscal y patrimonial.

También es Vicepresidente Global del Grupo de Práctica de Planificación Patrimonial y Fideicomiso y Presidente para América Latina del Grupo de Práctica de Tributación Internacional (ITPG) de GGI.

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