Cuando la reforma en materia de subcontratación entró en vigor en abril de 2021, transformó profundamente el marco laboral y fiscal en México.
Cinco años después, la mayoría de las empresas realizaron ajustes para adaptarse al nuevo entorno.
Sin embargo, nuestra experiencia demuestra que el cumplimiento parcial sigue siendo uno de los riesgos más frecuentes.
Y bajo la legislación vigente, un cumplimiento incompleto puede generar consecuencias similares a las de un incumplimiento total.
La reforma no eliminó la contratación de proveedores o prestadores de servicios.
Lo que hizo fue redefinir las condiciones bajo las cuales estos esquemas pueden operar legalmente.
Actualmente, únicamente se permiten servicios u obras especializadas que:
El incumplimiento puede generar importantes consecuencias fiscales y laborales tanto para proveedores como para empresas contratantes.
Uno de los principales pilares de la reforma es el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).
Toda empresa que preste servicios especializados debe contar con un registro vigente y renovarlo cada tres años.
En la práctica, los incumplimientos más comunes siguen siendo:
En estos casos, la empresa contratante puede perder la deducibilidad para efectos del ISR y el acreditamiento del IVA relacionado con dichos servicios.
Uno de los aspectos menos atendidos de la reforma es el intercambio cuatrimestral de información entre proveedor y cliente.
El proveedor debe acreditar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, laborales, de seguridad social e Infonavit respecto del personal asignado.
Por su parte, la empresa beneficiaria debe:
No se trata de un trámite administrativo, es un requisito indispensable para conservar los beneficios fiscales derivados de estos servicios.
Existe la percepción de que los servicios prestados entre empresas del mismo grupo corporativo están exentos de estas obligaciones.
No es así.
Las estructuras intragrupo también deben cumplir con los requisitos previstos por la reforma cuando involucren servicios especializados.
Esto implica documentar adecuadamente la operación, estructurar correctamente los contratos y, cuando corresponda, contar con un REPSE vigente.
Desde la entrada en vigor de la reforma, el SAT ha incrementado sus mecanismos de revisión mediante:
La autoridad ha sido clara: la responsabilidad de verificar el cumplimiento no recae únicamente en quien presta el servicio, sino también en quien lo contrata.
Si su empresa no ha revisado recientemente sus esquemas de contratación especializada, este puede ser un buen momento para hacerlo.
Conviene verificar, entre otros aspectos:
Una revisión preventiva puede reducir riesgos fiscales, fortalecer el cumplimiento y brindar mayor certeza frente a una eventual revisión por parte de la autoridad.
