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Facturación electrónica: las claves que todo negocio debe conocer.

PUE, PPD, REP y CFDI: ¿que significan y cómo pedir una factura?

Seguramente no es la primera vez que escuchas hablar de estas siglas. Tal vez fue en la oficina, al recibir una factura o cuando tu contador hizo alguna referencia a ellas.

Aunque forman parte de la cotidianidad de cualquier negocio, no siempre resulta sencillo saber exactamente cuándo utilizar cada concepto. Esto puede convertirse en una de las principales causas de errores administrativos que, a su vez, pueden generar errores fiscales.

Por eso, vale la pena entender qué significan y cómo se relacionan entre sí.

 

¿Qué es un CFDI?

En 2004 se aprobó en México el uso de la factura electrónica, mejor conocida como Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

En 2010 comenzó la transición de las facturas de papel a las digitales y, en 2014, con la implementación del CFDI para los recibos de nómina, se completó la transición del formato físico al electrónico.

Con el tiempo, las necesidades de los contribuyentes hicieron que el CFDI evolucionara y se dividiera en seis tipos:

1. Ingreso (Clave I)
Se utiliza cuando se venden bienes, se prestan servicios, se cobran honorarios o se realizan operaciones de arrendamiento.

2. Egreso (Clave E)
Funciona como una nota de crédito para amparar devoluciones, descuentos o bonificaciones.

3. Traslado (Clave T)
Justifica el transporte y la legal posesión de mercancías cuando estas se trasladan de un lugar a otro.

4. Nómina (Clave N)
Es el comprobante de los pagos por sueldos, salarios y conceptos asimilados a los empleados.

5. Recepción de pagos (Clave P)
También conocido como REP (Recepción de Pagos) o Complemento de Pago, se utiliza para registrar pagos en parcialidades o diferidos después de emitir una factura de Ingreso.

6. Retenciones e información de pagos (Clave R)
Se utiliza para documentar operaciones en las que se retienen impuestos a terceros, como puede ocurrir con los dividendos.

 

PUE y PPD: ¿cuál debes utilizar?

En 2018 se implementaron dos métodos de pago:

PUE = Pago en una sola exhibición

PPD = Pago en Parcialidades o Diferido

Estos métodos indican cuándo se realizará el pago de la operación y se relacionan con las formas de pago, que indican cómo se realizó dicho pago.

Entre las formas de pago contempladas por el SAT se encuentran:

  • 01 – Efectivo
  • 02 – Cheque nominativo
  • 03 – Transferencia electrónica de fondos
  • 04 – Tarjeta de crédito
  • 05 – Monedero electrónico
  • 06 – Dinero electrónico
  • 08 – Vales de despensa
  • 12 – Dación en pago
  • 13 – Pago por subrogación
  • 14 – Pago por consignación
  • 15 – Condonación
  • 17 – Compensación
  • 23 – Novación
  • 24 – Confusión
  • 25 – Remisión de deuda
  • 26 – Prescripción o caducidad
  • 27 – A satisfacción del acreedor
  • 28 – Tarjeta de débito
  • 29 – Tarjeta de servicios
  • 30 – Aplicación de anticipos
  • 99 – Por definir

 

¿Cuándo se utiliza PUE?

El método PUE (Pago en una sola exhibición) se utiliza cuando la operación se paga totalmente al momento de realizar la factura o, a más tardar, el último día del mes en que se realizó.

En este caso, la factura debe reflejar la forma de pago correspondiente, ya que el pago de la operación ya se conoce.

 

¿Cuándo se utiliza PPD?

No todas las operaciones se pagan al momento.

Cuando por una venta o servicio se espera recibir el pago en una fecha posterior al mes de facturación o de forma diferida, es decir, en varios pagos, debe utilizarse el método PPD (Pago en Parcialidades o Diferido).

En estos casos se utiliza la forma de pago 99 – Por definir, debido a que el pago todavía no se ha realizado.

 

¿Y qué pasa cuando finalmente recibes el pago?

Cuando una factura fue emitida como PPD y posteriormente el cliente realiza uno o varios pagos, entra en juego el REP (Recibo Electrónico de Pago), también conocido como Complemento para Recepción de Pagos.

Su función es informar al SAT que el pago ya fue recibido y señalar la forma en que se realizó. Por ello, debe relacionarse con la factura PPD correspondiente.

Un dato importante: el plazo máximo para emitir un REP ante el SAT es a más tardar el quinto día natural del mes siguiente a aquel en que se recibió el pago. Emitir REPs fuera del plazo puede generar una multa.

 

El REP: el cierre de la operación

Podemos pensar en el REP como el último paso de una operación.

Primero se emite la factura PPD. Después, se realiza el servicio o se completa la venta, el cliente efectúa el pago y finalmente se emite el REP.

Con ello se documenta que el pago fue recibido y se da por terminada la operación relacionada con esa factura.

 

Evitar errores también es parte del cumplimiento

En la práctica, muchos problemas no surgen por desconocer la ley, sino por aplicar incorrectamente conceptos que parecen sencillos.

Elegir correctamente entre PUE o PPD y emitir oportunamente un REP puede ayudar a evitar retrasos en la cobranza, cancelaciones de facturas, rechazos por parte de clientes y diferencias ante la autoridad fiscal.

Una correcta aplicación de estos conceptos puede hacer una diferencia importante en la administración fiscal de un negocio.

En Guerrero Santana contamos con profesionistas que pueden asesorarte para revisar tu información fiscal y verificar que se realice correctamente de acuerdo con tus operaciones, ayudándote a evitar problemas a futuro.